Mi nombre es Carlos Sidrach de Cardona Díaz y vivo en Las Palmas de Gran Canaria. Digo esto para identificarme y
no esconderme de lo que escribo a continuación; algo, en cambio, de lo que
muchos se esconden o no quieren que se recuerde porque, simplemente, “suena
feo”.
Cuando
yo era muy pequeño —juro
que lo recuerdo perfectamente—, mi padre
trabajaba como médico en un hospital perteneciente
a lo que se denominaba entonces Instituto Nacional de Previsión (INP), y ya en
aquella época la sanidad existía con carácter “universal y gratuito”.
Mi
padre también era entonces director y médico del hospital de ENSIDESA (Empresa Nacional Siderúrgica SA), una empresa perteneciente al Instituto Nacional de
Industria que daba de comer a 25.000 familias en empleos directos y a unas
100.000 más en indirectos.
Como
empleados de ENSIDESA, recuerdo que teníamos, al
igual que el último de sus trabajadores,
derecho a una vivienda construida por la propia empresa y que se iba pagando
mes a mes de la nómina. Por Navidad, todos los hijos de los trabajadores
disfrutábamos de regalos de Reyes. Se disponía también de un economato con
productos a precios asequibles; de una escuela de aprendices, donde los hijos de los empleados aprendían un oficio
sin pagar ni tan siquiera los cuadernos, y se colocaban después en las propias
empresas del INI; disfrutábamos de residencias para vacaciones de verano, y
existía una universidad laboral, inaugurada por Griñón, donde muchos hijos de
mineros se hicieron peritos de Minas sin pagar un solo duro, y eso que estaban
internos. Asimismo, muchos hijos de obreros pudieron estudiar en Madrid
alojados en el Colegio Mayor del INI, al que nosotros llamábamos “El Negro” por
el color de sus paredes, y que estaba situado situado frente al “César Carlos”,
del S.E.U., en la calle de Ramón Menéndez Pidal.
Todos
estos beneficios sociales y muchas cosas más
los he vivido yo. No me lo han contado, y lo recuerdo con extraordinaria
nitidez a pesar del paso del tiempo. ¿Dónde
coño estaban entonces CC OO, UGT, USO, CSIF,
CNT y toda esa panda de aprovechados que viven de las millonarias subvenciones,
en lugar de las cuotas de sus afiliados? ¿Consiguieron ellos estas cosas?
¡Claro que no! Y no lo hicieron porque, desgraciadamente, debido a la férrea
dictadura que nos atenazaba, algunos de ellos estaban en la cárcel. Y digo
“desgraciadamente” por el término verbal en pasado: “estaban”; porque lo que me
gustaría decir es “están”.
A
raíz de lo que os comento, he investigado en
los libracos de leyes y esto que sigue es lo que he encontrado en cuanto a
logros sociales.
¿Queréis saber quiénes fueron
socialistas y sociales de verdad?
Pues estas son las leyes
franquistas del Fuero del Trabajo. En plena Guerra Civil, el 9 de marzo de
1938, Franco dicta la Ley del Fuero del Trabajo, en beneficio de los
trabajadores. En base a esta ley fundamental, se aprueban las siguientes leyes:
• 1 de
septiembre de 1939. Ley del subsidio familiar.
•
23
de septiembre de 1939. Ley del subsidio de vejez.
•
13
de julio de 1940. Ley del descanso dominical y días
festivos.
•
25
de noviembre de 1942. Ley de patrimonios familiares.
•
14
de diciembre de 1942. Ley del seguro obligatorio de enfermedad.
Para
dar cobertura a esta ley, se construyó toda una
red hospitalaria dependiente de la Seguridad Social:
—
Residencias
hospitalarias, 292.
— Ambulatorios, 500.
— Consultorios, 425.
— Residencias concertadas, 96.
•
26
de enero de 1944. Contrato de trabajo, vacaciones retribuidas, disfrute de la
maternidad para las mujeres trabajadoras y garantías
sindicales.
• 19 de
noviembre de 1944. Paga extraordinaria de Navidad (persiste, pero se silencia
quien la creó).
• 18 de
julio de 1947. Paga extraordinaria del 18 de julio. También persiste en la
actualidad, aunque se ha trasladado de fecha haciéndola coincidir en junio con
la onomástica del Rey, para no recordar a su creador ni herir
susceptibilidades.
•
14
de junio de 1950. Reforma del I. N. P., para garantizar una mejor cobertura en
la acción protectora.
•
22
de junio de 1956. Legislación de
accidentes de trabajo.
•
24
de abril de 1958. Legislación de convenios colectivos.
•
23
de abril de 1959. Legislación de
mutualidades agrarias. En estas leyes se encuadraron más
de dos millones de trabajadores del campo, tanto por cuenta ajena como propia.
•
2
de abril de 1961. Ley del seguro de desempleo.
•
14
de junio de 1962. Legislación de ayudas
a la ancianidad.
•
28
de diciembre de 1963. Ley de bases de la Seguridad Social.
•
31
de mayo de 1966. Ley de Régimen Especial Agrario.
•
2
de octubre de 1969. Ordenanza General del Campo, donde se establece la jornada
laboral de 8 horas.
•
20
de agosto de 1970. Mutualidad de Autónomos Agrícolas.
•
23
de diciembre de 1970. Ley de Empleo Comunitario.
Por tanto,
ya desde el 20 de noviembre de 1975, fecha en que murió Franco, todos los
trabajadores españoles tenían absolutamente cubiertas por el Estado nacido del
18 de julio de 1936 todas las contingencias siguientes:
• Seguro de
Desempleo.
• Subsidio
de Vejez.
• Invalidez
permanente total.
• Invalidez
absoluta.
• Gran
invalidez.
• Discapacitados
y disminuidos.
• Subsidio
de ancianidad.
• Enfermedad
común no laboral.
• Accidente
común no laboral.
• Subsidio
familiar.
• Protección
a las familias numerosas.
• Asistencia
farmacéutica.
• Asistencia
médica.
• Asistencia
hospitalaria.
• Vacaciones
retribuidas.
• Descanso
Dominical y en días festivos.
• Paga
extraordinaria de Navidad.
• Paga
extraordinaria del 18 de julio.
• Pagas
sobre beneficios.
• Convenios
laborales.
• Representación
sindical.
• Jurados
de empresa.
• Representación
en los consejos de administración de las empresas.
¿Defienden, pues, los actuales sindicatos de clase los intereses de los
trabajadores? ¿Han hecho algo importante en estos treinta largos años, aparte
de parasitar y fagocitar al Estado?
¡Por Dios,
no me toquéis los cojones! ¡Y menos, con nuestro dinero!
Un
abrazo.
Carlos Sidrach de Cardona
"Viendo el material humano de gran parte de la derecha y extrema derecha, admiro más a Franco que con ese personal ganara la guerra y la paz."
Pio Moa
José V. Ruiz de Eguílaz y Mondría
Coronel de Caballería
