FAMILIA SANJURJO COMUNICA
Con enorme dolor por el fondo, la forma y los fines que
han motivado la exhumación de los restos del Teniente General José Sanjurjo
Sacanell. Y, con el único fin de que prevalezca la verdad sobre los hechos que
han sido publicados, en alguna ocasión enturbiados por informaciones que no se
ajustan a la verdad; es nuestro deseo hacer las siguientes aclaraciones:
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1.- El pasado 31 de agosto de 2016, tuvimos
conocimiento por los medios de comunicación de la voluntad política del Alcalde
de Pamplona de exhumar los restos de nuestro padre, abuelo y bisabuelo.
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2.- Con carácter inmediato, nos personamos
como parte interesada en el procedimiento administrativo y solicitamos la copia
del expediente, lo que implica el derecho a tener conocimiento de todos los
documentos relacionados con el asunto; que en otro orden de cosas, se ha
vulnerado desde el inicio hasta el instante en que se interpuso la demanda
contencioso-administrativa.
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3.- En fecha 6 de septiembre de 2016, se nos
da traslado de un exiguo expediente, y, el acuerdo de clausurar la cripta como
lugar de enterramiento y proceder a la exhumación de los restos. El Ayuntamiento
fija como fecha para la exhumación el día 16 de noviembre de 2016, eludiendo
los plazos previstos en la ley para que los interesados puedan interponer los
tres tipos de recursos posibles, como si se tratará de una medida de naturaleza
urgente y vital para la continuidad de la vida normal en la ciudad de Pamplona.
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4.- Desde el primer momento, solicitamos el
amparo del Arzobispo de Pamplona, que en todo caso, es responsable de la cripta
y de los cuerpos que descansaban en el lugar votivo. El arzobispo, en público y
en privado, nos aseguró que «no permitiría la exhumación, puesto que para ello
necesitaba la conformidad de las familias»; y que de ningún modo iba a
clausurar la cripta, puesto que no es un cementerio y sobre ella el
Ayuntamiento carece de competencias. S. E. Rvdma. hace especial hincapié en que
tenía «la última palabra y doña Carlota, podía estar tranquila».
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5.- La familia Sanjurjo, sostuvimos nuestra
decisión firme de defender la memoria de nuestro querido y admirado padre y
abuelo; de modo que, solo aceptaríamos la exhumación si la cripta estuviera
desacralizada, puesto que tenemos el convencimiento de que los motivos
expuestos en los medios de comunicación por el Alcalde, solo pueden ser
secundados desde el odio y razones espurias.
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6.- En fecha 10 de noviembre de 2016,
recibimos notificación en la que se desestiman nuestras alegaciones e
interpusimos demanda contencioso- administrativa, con solicitud de medidas
cautelares. Éstas medidas fueron admitidas el día 14 de noviembre de 2016; por
tanto, acuerdan la suspensión de la exhumación y citan a las partes para
comparecencia en Sala el día I5 de noviembre de 2o16.
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7.- En el acto de comparecencia celebrado en
sede judicial, la abogado del Ayuntamiento aportó un acuerdo suscrito el día 7
de noviembre de 2016 entre el propietario de la cripta —Ayuntamiento— y el
usufructuario a perpetuidad — Arzobispado—. En el fondo del mismo se acepta la
exhumación de «todas» las personas enterradas en la cripta y el procedimiento a
seguir, para entregar los cuerpos de los exhumados al Ayuntamiento. En el
acuerdo ni tan siquiera asegura o aclara, el lugar específico al que irán los
restos de las personas exhumadas. Lo que nos ha resultado más doloroso, es que
el Arzobispado no se reserva la custodia de los cuerpos: hace entrega de los
restos del Teniente General Sanjurjo al Ayuntamiento para su custodia, como si
se tratara de una «cosa», vulnerando la propia doctrina Ad resurgendum
cum Christo.
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Preferimos no entrar en valoraciones en este momento; tan
solo queremos dejar constancia de que el procedimiento administrativo está en
su fase inicial, y, con el enorme dolor que se nos ha causado como católicos,
alejados de todo acto que se sustente en el odio y la falta de respeto a la
convivencia; consideramos que la exhumación ha resultado un acto inhumano,
amparado por un acuerdo indecoroso y contrario a nuestro Credo; ilegal a
nuestro entender, y al del propio Arzobispado, que ha consentido y colaborado
en el proceso, contra sus propias manifestaciones claramente expuestas en las
alegaciones interpuestas frente al Ayuntamiento de Pamplona.
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Fdo. Carlota Sanjurjo Prieto e hijos, sobrinos (hijos de
José Sanjurjo Priento) y nietos. En Madrid, a 16 de noviembre de 2016.

